martes, 14 de mayo de 2013

Compra de furgoneta pequeña (Vehiculo Mixto Adaptable - 3100), ¿está siempre exento o no sujeto al Impuesto de Matriculación en Sevilla o Andalucia?


Los vehículos mixtos adaptables (3100) que cumplan unos determinados requisitos no tendrán que realizar el pago del Impuesto de Matriculación. Sin embargo, al matricularse en esta categoría, estarán sujetos a unas determinadas limitaciones que conviene conocer de antemano.

¿Qué requisitos deberán cumplir los vehículos mixtos adaptables?

Para estar No Sujeto al pago del Impuesto de matriculación, los vehículos mixtos adaptables deberán cumplir los siguientes requisitos (según art. 65.1.a.8º de la Ley 38/1992, de 28 diciembre, de Impuestos Especiales):
  • Su altura total desde el suelo hasta la parte estructural del techo de la carrocería sea superior a 1,8 m.
  • No sean vehículos todoterreno.
  • Se afecten significativamente al ejercicio de una actividad económica. El comprador tendrá en este caso derecho a deducirse al menos el 50% de las cuotas del IVA siempre que esté dado de alta en el Censo de actividades empresariales y que el vehículo se utilice significativamente en la actividad.
Y si lo vendiera a un particular, ¿habría que pagar este Impuesto de matriculación?
 
Siempre que un vehículo mixto se matricule No Sujeto al pago del Impuesto de matriculación y posteriormente se venda a un particular en un plazo inferior a 4 años desde la fecha de matriculación, se deberá liquidar el impuesto aunque se cumplan los requisitos estructurales del vehículo. También deberá liquidarse cuando se trate de vehículos acondicionados para ser utilizados como vivienda.

¿Qué limitaciones tienen los vehículos mixtos adaptables?

Los vehículos mixtos adaptables deben cumplir lo siguiente:
  • Tienen una limitación de velocidad de 100 Km/h, en vez de los 120 Km/h de los turismos (art. 48.1.a.1º del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre Reglamento General de Conductores).
  • Deben pasar la Inspección Técnica de Vehículos a los dos años de su primera matriculación, en lugar de a los cuatro como los turismos (art. 6.1 del Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos).
En conclusión, nuestra opinión al respecto es que si va a comprar un vehículo mixto adaptable para darle un uso particular (y no profesional), nuestro consejo es pedir la modificación en la ficha técnica y la adaptación de las características del vehículo a Turismo, pues los impuestos serán los mismo que los de un turismo, pero tendremos las limitaciones de un vehículo comercial (velocidad limita, ITV más frecuentes, etc...).

viernes, 5 de abril de 2013

Documentacion para matricular ciclomotor viejo que nunca ha estado matriculado en Sevilla, o que tiene matricula del ayuntamiento de Sevilla que ya no son validas

MATRICULACION MOTOCICLETAS ANTIGUAS (que nunca se hayan matriculado) DE HASTA 125cc


Documentación necesaria:
  •  TRIPTICO FICHA TECNICA, si no lo posee, tendrá que obtenerlo en la estación de ITV, pasando la ITV y solicitando un tríptico nuevo de la ficha técnica para matriculación.
  •  DNI
Gestiones a realizar:
  • Liquidación impuesto de circulación
  • Liquidación impuesto de matriculación o en su caso solicitud exención
  • Solicitud matriculación en la jefatura de trafico

P.D. en caso de que la motocicleta se la haya comprado a un particular habrá que liquidar también el impuesto de transmisiones y será necesario e imprescindible aportar contrato de compraventaDNI del vendedor.
 
No dejes de contactar con nosotros, la primera consulta o información será contestada de forma gratuita y sin ningún tipo de compromiso. Llámanos al 954368804 o contacta por correo electrónico a oficina@gestduque.com.
Firmado: gestduque, www.gestduque.com, oficina@gestduque.com, 954368804
 

 

martes, 19 de marzo de 2013

Documentación necesaria para Matricular un vehiculo en Sevilla

MATRICULACION TURISMO NORMAL

Documentación necesaria si es PARTICULAR:
 
- TRIPTICO FICHA TECNICA
- DNI (fotocopia)
- HOJA DE MANDATO firmada

Documentación necesaria si es EMPRESA:
 
- TRIPTICO FICHA TECNICA
- CIF (fotocopia)
- DNI APODERADO (fotocopia)
- ESCRITURA DE APODERAMIENTO (fotocopia)
- HOJA DE MANDATO sellada y firmada (se adjunta copia en la siguiente pagina)

 
Nota:    Para los casos en los que el domicilio del cliente no coincidiese con el DNI o el CIF, la documentación necesaria para acreditar el nuevo domicilio será:
 
-         Si el nuevo domicilio del particular es una calle diferente a la del DNI pero dentro del mismo municipio, bastara con factura de agua, luz, gas, telefonia fija, …
 
-         Si el nuevo domicilio del particular es UN MUNICIPIO DIFERENTE AL DEL QUE CONSTA EN EL DNI, SERA NECESARIO OBLIGATORIAMENTE CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO
 
-        Para el caso de empresas, si el domicilio fuese diferente al del CIF hará falta acreditarlo con Escritura de Cambio de Domicilio.
 
No dejes de contactar con nosotros, la primera consulta o información será contestada de forma gratuita y sin ningún tipo de compromiso. Llámanos al 954368804 o contacta por correo electrónico a oficina@gestduque.com.
 
Firmado: gestduque, www.gestduque.com, oficina@gestduque.com, 954368804

viernes, 15 de febrero de 2013

VAS A TRANSFERIR UN VEHICULO (coche, moto, camión, etc..) EN SEVILLA O ANDALUCIA, ¿QUE DOCUMENTCIÓN VOY A NECESITAR CONTROLAR?

Los documentos que nosotros aconsejamos es, a parte de pedir un Informe a Trafico (para saber si el coche tenia cargas, embargos, financiación, sellos pendientes, etc..) es siempre que paséis por la gestoría y se preparan:

  • CONTRATO DE COMPRAVENTA
  • SOLICITUD DE TRANSFERENCIA
  • ORDENES DE MANDATO DE GESTIÓN
La documentación que necesitaremos del vehículo y de los interesados será:

  • FOTOCOPIA DNI COMPRADOR (la hacemos aquí), si es Empresa, se necesita DNI Apoderado y Escrituras de Apoderamiento.
  • FOTOCOPIA DNI VENDEDOR (la hacemos aquí),  si es Empresa, se necesita DNI Apoderado y Escrituras de Apoderamiento.
  • PERMISO DE CIRCULACION
  • FICHA TÉCNICA CON ITV AL DIA (la ITV no es imprescindible, pero si aconsejable)
  • SELLO MUNICIPAL PAGADO, AL MENOS EL DEL AÑO ANTERIOR
Con todo esto, y pidiendo un Informe de Tráfico antes de realizar la transacción, podemos tener la seguridad de que nuestra transferencia se llevará a cabo sin ningún tipo de problemas.

Llámanos, dinos el modelo exacto de vehículo y el año de matriculación del vehículo que queréis transferir, y tendréis el presupuesto de gastos en el mismo momento. Sin esos datos, no podremos más que hacer estimaciones de lo que podría costar.

No dejes de contactar con nosotros,cualquier consulta de información será contestada de forma gratuita y sin ningún tipo de compromiso. Llámanos al 954368804 o contacta por correo electrónico a oficina@gestduque.com.

Firmado: gestduque, www.gestduque.com, oficina@gestduque.com, 954368804